La respuesta corta
Por lo general, no. Antes de una demanda, por lo general usted no tiene una obligación contractual de darle una declaración grabada a la aseguradora del otro conductor solo porque está presentando un reclamo contra su asegurado. Su propia compañía de seguros es distinta: su póliza puede exigirle que coopere, incluso dando una declaración grabada.
En este artículo
¿Por qué la aseguradora del otro conductor quiere una declaración grabada?
Un ajustador puede pedir una declaración grabada como parte de la investigación de su reclamo, pero esa solicitud por sí sola no crea una obligación legal de darla. Usted no tiene ningún contrato con la aseguradora del otro conductor, y ella trabaja para su propio asegurado (Allstate v. Watson; guía de TDI).
Es válido preguntar qué información necesitan y de qué otra forma podría entregarla. La llamada puede llegar rápido, antes de que haya visto a un médico o sepa qué tan lastimado está, y lo que diga puede usarse al decidir su reclamo.
¿Qué puede preguntar un ajustador?
Las preguntas pueden sonar de rutina, y muchas lo son. Piense en cómo podría interpretarse cada respuesta más adelante, cuando nadie recuerde cómo se sentía usted ese día.
| La pregunta | Cómo se puede usar su respuesta |
|---|---|
| ¿A qué velocidad iba? | Una suposición puede usarse para alegar que usted comparte la culpa. |
| ¿Cuándo vio por primera vez al otro auto? | Una respuesta como “en el último segundo” puede usarse para sugerir que no estaba poniendo atención. |
| ¿Cómo se siente? | “Estoy bien” puede usarse para alegar que no estaba lesionado. |
| ¿Alguna vez ha tenido dolor de espalda o de cuello? | Una queja anterior puede usarse para alegar que la lesión no viene del choque. |
| ¿Puede describir sus lesiones? | Al principio, puede que todavía no lo sepa. Una respuesta incompleta puede compararse con sus expedientes posteriores. |
La culpa importa porque, si legalmente se determina que usted tuvo el 20 por ciento de la responsabilidad por el daño, sus daños recuperables por lo general se reducen en ese porcentaje, sujeto a otros ajustes (CPRC §§33.003, 33.012). El porcentaje que propone un ajustador no es una determinación legal vinculante, y usted puede disputarlo. Más sobre esto en qué decide el valor de un caso.
¿Qué puede decir en su lugar?
No tiene que ser grosero, y no tiene que responder en el momento. Una respuesta corta y amable es suficiente.
No voy a dar una declaración grabada en este momento. Por favor envíeme sus preguntas por escrito. Mi compañía de seguros es [nombre] y mi número de reclamo es [número].
Si piensa contratar a un abogado, puede decirlo y dejar que el abogado responda. Luego termine la llamada. Diga solo lo que realmente sabe, y no adivine sobre la velocidad, la distancia ni sus lesiones.

Si me niego, ¿la aseguradora va a negar mi reclamo?
Negarse a dar una declaración grabada no garantiza ni que acepten ni que nieguen su reclamo. La aseguradora puede disputar la cobertura, la culpa o su prueba de la pérdida, así que el efecto de negarse depende de las circunstancias y de las demás pruebas disponibles.
La aseguradora sigue sujeta a las reglas de Texas que exigen una investigación razonable y un manejo justo de los reclamos. Pero como reclamante tercero, usted no tiene el mismo contrato ni los mismos derechos por mala fe contra esa aseguradora que su propio asegurado (Insurance Code §§541.060, 542.003).
¿Y una autorización médica?
Lea una autorización médica antes de firmarla, incluyendo qué expedientes cubre, quién puede recibirlos y cuándo vence. Una autorización amplia puede permitir acceso a expedientes médicos anteriores. El texto exacto determina su alcance (45 CFR §164.508).
¿Su propia compañía de seguros es distinta?
Sí. Su propia póliza puede exigir aviso pronto, cooperación, prueba de la pérdida, y una declaración grabada o un examen bajo juramento. Revise sus términos y responda a las solicitudes razonables de información, incluidas las relacionadas con un reclamo de protección contra lesiones personales (PIP) o de conductor sin seguro o con seguro insuficiente (UM/UIM) (preguntas frecuentes de TDI sobre seguro de auto).
Reporte el choque pronto y con la verdad, y limítese a los hechos que conoce. Pida que su abogado esté presente en una declaración grabada o un examen bajo juramento, y organícelo de acuerdo con los requisitos de su póliza. Tener un abogado no elimina su obligación de entregar la información requerida.
¿Y si ya dio una declaración?
Eso no acaba con su reclamo. Escriba lo que recuerde que le preguntaron y lo que respondió, y guarde cualquier carta o mensaje. Antes de aceptar dar otra, busque el consejo de un abogado, que puede revisarla junto con sus expedientes médicos y el resto de las pruebas.
¿Qué cambia cuando ya tiene abogado?
Después de contratar a un abogado, pídale al ajustador que dirija las comunicaciones del reclamo a través de su abogado. Una carta de representación no establece por sí sola una prohibición legal general de todo contacto directo por parte de un ajustador que no es abogado (Regla 4.02), así que avísele a su abogado si un ajustador sigue comunicándose con usted.
Otras preguntas comunes
¿Se necesita una declaración grabada para procesar mi reclamo?
No frente a la aseguradora del otro conductor. Un ajustador puede pedirla como parte de la investigación del reclamo, pero esa solicitud por sí sola no crea una obligación legal de darla. Pregunte qué información necesitan y de qué otra forma se puede entregar.
¿Tengo que darle una declaración grabada a mi propia compañía de seguros?
Puede que sí. Su propia póliza puede exigir aviso, cooperación, y una declaración grabada o un examen bajo juramento. Revise sus términos y responda a las solicitudes razonables.
¿Puedo hablar con el ajustador sobre la reparación de mi auto?
Sí, pero limítese al vehículo, y lea todo lo que le pidan firmar. Un acuerdo por daños a la propiedad puede contener texto que también libera los reclamos por lesiones.
¿Tengo que hablar con la policía?
Un conductor involucrado en un choque con lesiones debe detenerse, dar la información de identificación y de seguro que exige la ley, prestar ayuda razonable y hacer el reporte o aviso policial requerido. Esas obligaciones no crean, bajo las leyes de choques, una obligación general de responder cada pregunta de la investigación (Transportation Code §§550.021–.023, 550.026).
Fuentes
- Allstate Insurance Co. v. Watson, 876 S.W.2d 145 (Tex. 1994)
- Departamento de Seguros de Texas (TDI), cómo tratar con el seguro del otro conductor
- Departamento de Seguros de Texas (TDI), preguntas frecuentes sobre seguro de auto
- Código de Práctica Civil y Recursos de Texas (CPRC) cap. 33, responsabilidad proporcional
- Código de Seguros de Texas (Insurance Code) §541.060, prácticas injustas en la liquidación de reclamos
- Código de Seguros de Texas (Insurance Code) §542.003, prácticas de liquidación de reclamos
- Código de Transporte de Texas (Transportation Code) cap. 550, obligaciones después de un choque
- 45 CFR §164.508, autorizaciones médicas
- Reglas Disciplinarias de Conducta Profesional de Texas, Regla 4.02
Este artículo es información general sobre la ley de Texas, no asesoría legal para su situación. Las leyes y los procedimientos de las agencias cambian, y cada caso es distinto. Leerlo o comunicarse con el bufete no crea una relación entre abogado y cliente hasta que se firme un acuerdo por escrito.




